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Principado de Asturias


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¿Cuáles son las diferencias más significativas en la fiscalidad de los autónomos dentro de la Unión Europea?

Los trabajadores autónomos en España tienen obligación de pagar mensualmente a la Seguridad Social al menos el 29,8 % de su base de cotización, que en el 2017 puede oscilar entre 893,10 euros/mes y 3.751,20 euros/mes. Además, los trabajadores incluidos en este sistema que no hayan optado por la totalidad de la cobertura de AT y EP efectuarán una cotización adicional del 0,10 % sobre la base de cotización elegida para la financiación de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, por lo que el tipo a pagar sería del 29,9% y la cuota para la base mínima de cotización sería de 267,03 euros mensuales. Aunque hay que considerar que desde 2013 está disponible la tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos, que, si bien inicialmente solo se aplicaba a menores de 30 años, desde finales de septiembre de 2013 se amplió a todos los nuevos autónomos que cumplieran los requisitos necesarios.

En comparación con Portugal, los autónomos españoles sufren el triple de presión fiscal, ya que estos solo pasan por Hacienda una única vez al año, puesto que no abonan IVA ni tienen cotizaciones sociales, y declaran el 24,5 % de lo que ingresan anualmente.

En lo que respecta a nuestros vecinos del norte, los franceses tienen unas cuotas que varían en función de las ganancias, y el autónomo tiene derecho a las prestaciones sociales habituales, tales como la asistencia sanitaria, la incapacidad temporal o la jubilación.

En Alemania la cuota a la Seguridad Social está alrededor de los 300 euros al mes, pero si la facturación no alcanza más de 1.700 euros al mes, no existe obligación de abonar la cuota.

Los italianos, por su parte, pagan una cantidad en función de sus ganancias, que suele ser de un 20 %, y en los Países Bajos abonan una prima de 100 euros mensuales a modo de seguro privado, la cuota de autónomos depende de los ingresos y la primera declaración de IRPF se realiza cinco años después del alta en Hacienda.

Por su parte, en el Reino Unido los autónomos pagan en función de sus ingresos, pero aquellos autónomos cuyas ganancias sean inferiores a 7.775 libras al año abonan una cuota fija a la Seguridad Social de 2,7 libras a la semana. Si un autónomo factura entre 7.775 y 41.450 libras al mes, pagará una contribución a la Seguridad Social inglesa del 9 % de sus ingresos anuales fijos. Y solo será a partir de las 79.000 libras cuando se tienen que registrar en el VAT (el IVA español) que, además, no se liquida trimestralmente como en España, sino que se paga al final del ejercicio.

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