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Las cinco ayudas para los mayores de 45 años sin empleo en 2022

Quedarse sin empleo siempre es un momento delicado para cualquier persona. Quedarse fuera de juego siempre genera inquietud, pero existe un colectivo que teme especialmente perder su puesto de trabajo. Hablamos de los mayores de 45 años, cuya edad tiende a ser un lastre para volver a reengancharse al mercado laboral. ¿Por qué? Cabría pensar que la experiencia es un grado, pero lo cierto es que los empleadores obran de diferente forma en nuestro país. Y piensan que es mejor apostar por los jóvenes, más moldeables.

¿Pero entonces, qué sucede con los mayores de 45 años? ¿Tiene nuestro país suficientes mecanismos para echarles una mano en pleno naugrafio? La respuesta es positiva. La respuesta es que sí. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con hasta cinco prestaciones de estas características. Se podrá acceder a una o a otra dependiendo de dos factores: la situación personal y los requisitos. Además, hay dos aspectos relevantes. El primero de ellos es que se trata de subsidios no contributivos que ofrece el SEPE a estos desempleados de larga duración. Pero no es lo único, sino que también hay que saber que todos tienen una cuantía fija de 463,20 euros al mes.

A continuación, desgranamos las cinco prestaciones que el SEPE ofrece para los desempleados mayores de 45 años.

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Subsidio mayores de 45 años

Es una ayuda destinada sólo a aquellos desempleados que tengan esta edad y menos de 52 años, siempre y cuando no tengan cargas familiares. En este caso, la cantidad de tiempo máxima durante la que se puede cobrar esta ayuda es de 6 meses, sin que exista ninguna posibilidad a prorrogarla y cobrarla durante un tiempo mayor al especificado. Más información en este enlace.

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Subsidio para mayores de 52 años

A estos desempleados también hay que recordarles que pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años, eso sí, siempre y cuando cumplan dicha edad, ya que antes no cumplen el principal requisito para hacerlo. Se trata de una prestación que se puede cobrar hasta que se cumpla la edad de jubilación, por lo que es la que más tiempo dura con respecto al cobro, porque puede estirarse durante más de una década. Eso sí, para poder recibirla durante tanto tiempo, es necesario que se lleve a cabo un trámite de manera anual, como es la Declaración de Renta ante el SEPE. Más información en este enlace.

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Ayuda familiar

Se trata de una prestación que se destina a aquellas personas que tienen cargas familiares, es decir, un hijo menor o mayor con un grado de discapacidad certificado. Para los que tienen más de 45 años y se encuentran en esta situación, hay que destacar que se puede cobrar desde los 24 hasta los 30 meses, todo ello dependiendo de si ha agotado un paro de menos de 4 meses o de más de dicha cantidad. Para saber todos los datos en lo referente a esta prestación se puede ampliar información a través de la lectura de la guía sobre la ayuda familiar del SEPE. Tienes más información en este enlace.

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Renta Activa de Reinserción

Es un subsidio extraordinario, por lo que solo se puede pedir siempre y cuando no se tuviese derecho ni a cobrar el paro ni otro subsidio por desempleo. Esta ayuda cuenta con una serie de requisitos generales, pero no son los únicos, sino que, además, también pueden exigir condiciones específicas dependiendo de la situación del desempleado. Sobre el tiempo durante el que se puede ingresar, hay que ingresar se trata de 11 meses, aunque estos son prorrogables, llegando hasta un máximo de 33 meses de cobro. Más información en este enlace.

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5

Subsidio Extraordinario por Desempleo

Lo particular de esta ayuda es que no hay ninguna otra que se pueda pedir una vez se agotan los 6 meses que dura este subsidio, y, además, solo se puede pedir una vez, por lo que hay que pensárselo bien. En este caso también existen unos requisitos generales, pero no son los únicos, sino que, al igual que ocurre en el caso de la RAI, se pueden exigir condiciones específicas por parte del SEPE. El Subsidio Extraordinario por Desempleo es una ayuda del INEM de 451,92 euros al mes, durante seis meses para trabajadores que carecen de ingresos y han agotado todas las prestaciones. Más información en este enlace.

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