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Ni sobre tu salud, ni sobre tu estado civil: las preguntas ilegales que no te pueden hacer en una entrevista de trabajo

“¿Tienes pareja? ¿A quién has votado en las últimas elecciones? ¿Planeas quedarte embarazada? ¿Tienes problemas de salud? ¿Te gustan los hombres o las mujeres?”. Estas son algunas de las preguntas que están prohibidas por ley en España en una entrevista de trabajo. 

El Ministerio de Trabajo y Economía Social amplió y reforzó en julio de este año la regulación sobre la última pregunta.  Una ley que completa a la ya existente sobre infracciones y sanciones en el orden social y que ahonda en las limitaciones sobre los problemas de salud Aunque estas preguntas sean ilegales en entrevistas de trabajo, siguen produciéndose, incluso cuando no tienen que ver con el puesto de trabajo que vaya a desempeñar el trabajador.

Raúl Olmos, adjunto en la Secretaría Confederal de Acción Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), asegura que “la nueva ley supone una ampliación. Aunque esto ya se contemplaba en la anterior, ahora está más nítido y claro con esta”. Para Olmos, está ampliación en este momento podría deberse a muchos factores, entre ellos, que se contemplen reglas dolorosas como incapacitantes para acudir al trabajo o por el covid, y asegura que los temas de salud son una de las discriminaciones más frecuentes.

Sobre qué temas es ilegal preguntar en una entrevista de trabajo

Los temas prohibidos en una entrevista de trabajo vienen tipificados en el artículo 16 de la ley de infracciones y sanciones. En su tercer apartado la norma recoge que “solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación sexual, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado” se considera una sanción muy grave.

Al margen de las ya mencionadas, algunas de estas preguntas ilegales también pueden ir en el sentido de la situación económica en la que se encuentre el entrevistado. Si está o no afiliado a un sindicato, si está soltero, si cree en algún dios, o incluso tantear sus ideas políticas.

Esto implica que si un trabajador denuncia a una empresa por haberle hecho este tipo de preguntas y la Inspección de Trabajo encuentra evidencias de que ha sucedido, la empresa tendría que pagar una multa de 7.501 a 30.000 euros, si es en grado mínimo, de 30.001 a 120.005 euros, en grado medio y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.

Qué puede hacer el trabajador cuándo le preguntan algo que no deberían

Sin embargo, que los trabajadores denuncien a las empresas no suele ser habitual por el miedo a no ser considerados para el puesto de trabajo. Tal y como explica Raúl Olmos de CCOO desde el sindicato animan a que denuncien, pero avisan al trabajador de que si llega la información a la empresa, seguramente dejen de considerarlo para el puesto de trabajo.

De hecho, Olmos afirma que llegan a la Inspección de Trabajo menos casos de los que realmente hay, ya que “preguntar esto es mucho más común de lo que parece”. Si no quieren denunciar, el representante de CCOO recomienda que mientan o que renuncien al puesto de trabajo. “Mentir en la entrevista no podría ir en contra del trabajador, ante una pregunta que no es procedente no puede generar represalias”, afirma.

Pone el ejemplo de una mujer a la que preguntan si quiere quedarse embarazada y dice que no. Si finalmente se queda embarazada, el empresario no podría ir en su contra porque sería una discriminación.

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social explican a Newtral.es que no disponen de datos sobre el número de denuncias puestas por trabajadores sobre esta cuestión.

Las diferencias entre el sector público y privado

Las preguntas ilegales en entrevistas de trabajo pueden ser comunes en el sector privado, pero en el público es más difícil que sucedan. Esto se debe a que mientras que en el puesto de trabajo privado el empleador puede valorar los criterios que decida, en el público debe hacerse de la forma más objetiva posible, como explica Olmos.

Aun así, también se producen discriminaciones. Olmos pone de ejemplo varios casos de mujeres que optaban a ser funcionarias y, tras haber pasado los exámenes, no pudieron asistir a los cursos posteriores que les concedían puntos por ponerse de parto y estar de baja.

En esta sentencia del Tribunal Constitucional de 2014, el órgano daba la razón a la mujer que denunció su situación en Madrid y consideraba que había habido una vulneración de su derecho a no ser discriminada. Además, esta pedía que se reconociera que había terminado el curso con su promoción, no después, para acumular antigüedad y puntos, y el tribunal le dio la razón.

Lo mismo sucedió con esta otra sentencia de 2019 en Valencia, también del Tribunal Constitucional, en el que la mujer no pudo incorporarse a su plaza por estar de baja por maternidad. Esta pidió que se reservase su plaza en el Instituto Nacional de Estadística INE), ya que acababa de dar a luz, pero el INE contrató a la siguiente persona en la lista porque necesitaban “formalizar el contrato con la persona, que encontrándose en la mejor posición pueda realizar el trabajo de manera inmediata”. Aun así, el Tribunal Constitucional le dio la razón a la mujer porque se había vulnerado el artículo 14 de la Constitución española.

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